Esta coalición definió el Decreto de Necesidad y Urgencia del gobierno de Javier Milei. Se trata de “una imposición autoritaria y avasallante como esta implica un retroceso” manifiestan en su comunicado.
Desde la Campaña de la Reforma Judicial Feminista, nos manifestamos en contra del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 70/2023, emitido y publicado el 20 de diciembre de 2023 en el boletín oficial de la República Argentina, llamado “Bases para la reconstrucción de la economía Argentina”, y expresamos enfáticamente:
- Que el fundamento de las medidas de emergencia y sus condiciones deben ser siempre excepcionales, y que no pueden ser tratadas de otra manera.
- Que nuestra Constitución Nacional establece taxativamente temáticas prohibidas como las penales, tributarias, electorales o de régimen de partidos políticos.
Asimismo, muchos de los derechos que se pretenden derogar han sido ratificados con Tratados supraconstitucionales, que no son factibles de derogación por DNU.
- Que el Estado de Derecho se basa en la división de poderes, que es un elemento fundamental de la República como forma de gobierno, de acuerdo con el art. 1 de nuestra Constitución.
Este DNU significa conceder al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias, prohibidas en el artículo 29 y 99 inc. 3 de la Constitución. En el mismo se establece la derogación de más de 300 leyes, incluidos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación que perjudican de manera directa a la división de poderes y preceptos de nuestra Constitución Nacional.
Estas modificaciones y derogaciones implican un retroceso de derechos que han sido legítimamente conquistados, poniendo en crisis al sistema democrático y republicano. La desregulación de la economía propuesta no tiene en cuenta que el mercado no tiene límites y que el Estado de Derecho, mediante los representantes elegidxs por el pueblo, quienes deben ponerlos mediante las instituciones y prácticas democráticas.
Los DNU no pueden derogar normas de fondo, salvo en circunstancias excepcionales, que sean justificadas y siempre por un lapso temporal. Cualquier otra forma de imponer cambios fuera de lo jurídico lesiona el Estado de Derecho. El presidente de la Nación, Javier Milei no puede ejercer las facultades legislativas, excepto que el Congreso no pueda reunirse por circunstancias de fuerza mayor, como acciones bélicas o desastres naturales, o que sea de una urgencia que el trámite normal no pueda cumplir con el plazo de urgencia.
Exhortamos:
Al Poder Judicial argentino, que tiene la responsabilidad de frenar los atropellos a los derechos consagrados y no aprobar decretos que son claramente inconstitucionales, ya que el Poder Ejecutivo no tiene facultades legislativas, por lo que debe considerarse de nulidad absoluta e insanable.
Al Congreso de la Nación, que tiene la responsabilidad de rechazar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con carácter urgente, ya que se encuentran en peligro todas las instituciones de la democracia. Los diputados y senadores deben manifestarse en contra y en repudio de esta intromisión con las facultades que les son propias y para las que han sido elegidos por el pueblo.
Desde este espacio rechazamos cualquier medida que afecte de manera directa o indirecta los derechos de los habitantes de la República Argentina. A 40 años de la recuperación de la democracia, una imposición autoritaria y avasallante como esta implica un retroceso a todo lo que hemos logrado y, sobre todo, un ataque directo hacia la población más vulnerable, a la cual siempre defenderemos y que debería ser el foco de toda reforma.
Foto: Juan Montani – Proyecto Generar